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Trámites y servicios

Información del trámite o servicio

Construcción menor a 30 m².

¿Quieres obtener la licencia de construcción? Si necesitas modificar, reparar, remodelar, ampliar o construir realiza el trámite para obtener la autorización de la Dirección de Desarrollo Urbano.

Sobre este trámite

¿Quieres obtener la licencia de construcción? Si necesitas modificar, reparar, remodelar, ampliar o construir realiza el trámite para obtener la autorización de la Dirección de Desarrollo Urbano.

A quién está dirigido

Este trámite está dirigido a cualquier ciudadano que requiera este trámite.

Que obtendrás

Licencia de construcción.

Documentos que necesitas

Los siguientes documentos en copia:

  • Escrituras completas que incluyan boleta registral o sedimento.
  • Identificación oficial de o los propietarios.
  • CURP de o los propietarios.
  • Recibo del pago del agua (actualizado).
  • Recibo del pago predial (actualizado).
  • Cartelón de obra autorizada (comprar en tesorería al interior de presidencia municipal).
  • Croquis detallado y presentable con medidas de lo que se va a construir (original y copia).
  • Memoria de cálculo (original y copias engargoladas si la construcción es en planta alta).
  • Constancia de no adeudo de la mesa directiva de la colonia.
Requisitos

En el área de ventanilla le entregarán el formato de solicitud que deberá llenar y en ese mismo se registra el cumplimiento de todos los requisitos, enseguida le generarán el formato digital mediante el programa municipal de Licencias y Permisos de Construcción.

Descarga el formato de licencia de construcción menor a 30m2.

Como solicitarlo

En conjunto con los documentos solicitados entregar de manera presencial en la oficina de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial, ubicada en Cristóbal Colón #62, Centro, Ciudad Guzmán, Jalisco, de lunes a viernes de 8:30 a.m a 15:00 p.m hrs, teléfono 5752500 extensión 503, 540, 582 y 528. 

Donde solicitarlo

Coordinacion General de Gestión de la Ciudad

Ordenamiento territorial
Av. Cristóbal Colón 62, Centro, Ciudad Guzmán, Jalisco. C.P. 49000
+52 (01341) 575 2500 extensión 503, 540, 582 y 528
8:30 a 15:00 horas, de lunes a viernes.
Arq. Sergio Alejandro Ruiz Lazaritt
Costo

Ley de Ingresos del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2020.

SECCIÓN TERCERA

De las licencias de construcción, reconstrucción, reparación o demolición de obras.

Artículo 53. Las personas físicas o jurídicas que pretendan llevar a cabo la construcción, reconstrucción, reparación o demolición de obras, deberán obtener, previamente, la(s) licencia(s) correspondiente(s) y pagar los derechos conforme a la siguiente:

I. Licencia de construcción, menor de 30 mts2, incluyendo inspección, tendrá un valor único, siempre y cuando su giro sea habitacional: $400.00

Lugares donde se puede efectuar el pago

El pago se realiza en Tesorería, área de cajas ubicada en interior de Presidencia Municipal, domicilio en Cristóbal Colon #62, Colonia Centro, de lunes a viernes de 8:30 am a 14:45 hrs, se recibe pago en efectivo y tarjetas de crédito, excepto American Express.

En oficina de Ordenamiento territorial se hace la entrega de la orden de pago.

Plazo para la atención del trámite

Si todo está en regla, se obtendrá lo solicitado en 5 días hábiles.

Fundamento jurídico

Reglamento Municipal de Zonificación y Control Territorial del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco.

Correspondiente al 16 de julio de 2019

Artículo 497. Quienes realicen obras de urbanización, edificación, instalación, modificación, ampliación, reparación, demolición, subdivisiones y aprovechamientos, así como intervenciones en inmuebles y zonas con valor patrimonial, en el territorio del municipio de Zapotlán el Grande, deberán obtener la licencia correspondiente en los términos establecidos en el presente capítulo. 

Artículo 498. Los requisitos para obtener una licencia para obras de edificación, remodelaciones, ampliaciones, movimiento de tierras son las siguientes:

I. Solicitud firmada por el propietario, por el Director Responsable en Proyecto de Edificación y el Corresponsable en Estructura, y en su caso, Director Responsable de Obra de Infraestructura para la licencia de movimiento de tierras.

II. Identificación del solicitante y del Director Responsable en Proyecto de Edificación y el Corresponsable en Estructura, y en su caso, Director Responsable de Obra de Infraestructura para la licencia de movimiento de tierras.

III. Constancia que acredite el derecho a construir, con plano del terreno (título de propiedad, resolución administrativa o presidencial, título de solar urbano registrado ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio con sede en esta Ciudad.

IV. Constancia que acredite la posesión del predio:

a) Diligencias de jurisdicción voluntaria.

b) Certificación de hechos ante notario.

c) Otras a juicio de la Dirección de Ordenamiento Territorial.

V. Constancia de alineamiento, de número oficial y constancia catastral.

VI. Para obras de edificación, remodelaciones y ampliaciones, constancia de la administración de Agua Potable y Alcantarillado SAPAZA de que el predio cuenta con el servicio de agua potable para nuevas urbanizaciones o relotificaciones que incrementen la densidad de la zona.

VII. Recibo de pago de los derechos por licencia de edificación con el sello de la caja.

VIII. Dos tantos del proyecto de la obra (si está aprobado, copia en dos tantos de la aprobación, en caso 153 contrario la solicitud firmada)

IX. Dictamen de Usos y Destinos Específicos.

X. Dictamen de Trazo, usos y destinos específicos.

XI. Bitácora de obra firmada por quien tenga la responsiva de obra en caso de edificaciones o urbanizaciones.

XII. Calendario de Obra.

XIII. Presupuesto de Obra.

XIV. Registro como Director Responsable en Proyecto de Edificación, en Obra de Infraestructura ante la Comisión Municipal de Directores Responsables, Corresponsables y Peritos en Supervisión Municipal.

XV. Las autorizaciones necesarias de otras Dependencias de Gobierno, en los términos de las Leyes relativas, cuando se trate de obras o instalaciones en zonas sujetas a estudios especiales

XVI. Se deroga.

XVII. Para los casos de edificaciones de más de 5 niveles de altura o de cualquier altura que requieran de sistemas especiales de cimentación se requerirá la firma de un Director Corresponsable en estructura.

XVIII. Para los casos de Instalaciones industriales especializadas, como petroquímicas, plantas de tratamiento, procesadores de bioenergía o similares se requerirá la firma de un Director corresponsable en estructura.

XIX. Para los casos de Obras de infraestructura de relevancia y fuerte impacto a las actividades sociales, de servicios e industriales como las de carácter portuario, aeropuertos, presas, usinas, Instalaciones subterráneas o aéreas en la vía pública realizadas por cuenta de particulares y estaciones repetidoras de comunicación se requerirá de la firma de un Director en Obra de Infraestructura.

En el caso de auto construcciones, por una sola vez y cuando la vivienda sea menor a 30 metros cuadrados en planta baja, los particulares podrán solicitar la licencia correspondiente, presentando los requisitos I al VI que anteceden. Es tipo de trámites serán firmados por un Arquitecto o Ingeniero con Cédula Profesional Estatal. Para proyectos de edificación en cualquier género mayores a 300 m2 forzosamente se requerirá la firma del director corresponsable en instalación eléctrica e hidrosanitaria.

La solicitud será resuelta por
Dirección General de Gestión de la Ciudad

Derechos del Usuario

ANTE LA NEGATIVA O FALTA DE RESPUESTA

Afirmativa Ficta: cuando en los casos donde el gobierno municipal no responde o emite una resolución dentro del plazo señalado en el presente reglamento, se entenderá que el trámite o servicio tuvo resolución positiva, y el área responsable estará obligado a proporcionar el mismo.

REGLAMENTO DE MEJORA REGULATORIA E INNOVACIÓN GUBERNAMENTAL DEL MUNICIPIO DE ZAPOTLÁN EL GRANDE, JALISCO.

Artículo 90.- Para el cumplimiento de cada trámite y servicio, los órganos y áreas municipales tendrá el término que le señala su reglamento para su expedición o prestación  del servicio al vencimiento de dicho plazo sin que el ciudadano o ciudadana no haya recibido respuesta alguna se aplicará la afirmativa ficta.

Esta acción de mejora regulatoria no es posible aplicarla a todo tipo de trámites, específicamente no se podrá hacer en aquellos casos donde es estrictamente necesaria la resolución y entrega de documentos físicos o que en su caso, alguna disposición determine lo contrario.

Notas y observaciones

Reglamento Municipal de Zonificación y Control Territorial del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco.

Correspondiente al 16 de julio de 2019

Artículo 452. No se podrá recibir solicitud que no venga acompañada de información completa, por tanto queda prohibido a los Servidores Públicos que tengan a su cargo la revisión de expedientes relativos a obras de urbanización y edificación, bajo su estricta responsabilidad, dar trámite a expedientes incompletos o solicitudes condicionadas, al cumplimiento posterior de requisitos por parte de su promovente.

Lugares para reportar presuntas anomalías en la realización del trámite

Ningún servidor público del H. Ayuntamiento de Zapotlán el Grande está facultado para solicitar documentos adicionales a los requisitos establecidos en este formato, ni para requerir pagos por la realización del servicio, distintos al costo oficial establecido.

Reporte cualquier anomalía a:

Contraloria Municipal UBICADA EN

1ro de Mayo # 126 (Plaza del Río) locales 19 y 20
Horario de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas
Teléfono: 341 412 8870

Servitel UBICADO EN

Av. Cristobal Colon 62 Centro, Altos del Palacio Municipal
Horario de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas
Teléfono: 341 575 2589

Última actualización: miércoles, 22 de enero de 2020

NOTA: La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La impresión de este documento no genera derechos ni prerrogativas al portador por parte del Gobierno Municipal y se extiende sólo con fines informativos.

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