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Trámites y servicios

Información del trámite o servicio

Asesoría en inocuidad de los alimentos.

Cuando hablamos de Inocuidad de Alimentos, nos referimos al conjunto de condiciones y medidas necesarias durante la adquisición de las materias primas, producción y/o elaboración, almacenamiento y distribución de los alimentos para asegurar que, una vez ingeridos no representen un riesgo apreciable para la salud.

Sobre este trámite

La inocuidad de los alimentos se considera una responsabilidad compartida entre el Gobierno, la Industria y sus consumidores, por lo que es de suma importancia la información que se le brinde en esta asesoría a fin de asegurar la salud de los consumidores.

A quién está dirigido

Procesadoras o empresas dedicadas en manejo de productos de origen animal.

Que obtendrás

Constancia individual, misma que presentará el momento de solicitar su tarjeta de salud municipal.

Requisitos

Solicitud por escrito con una semana de anticipación para agenda, en donde especifique lugar, fecha y hora en que solicita la asesoría.

Como solicitarlo

En conjunto del documento solicitado entregar de manera presencial en la oficina de Servicios Públicos,segunda planta ubicada en Cristóbal Colón #62, Centro, Ciudad Guzmán, Jalisco, de lunes a viernes de 8:30 a.m a 15:00 p.m hrs, teléfono 5752500 extensión 589.

Donde solicitarlo

Coordinación General de Servicios Municipales.

Coordinación de Rastro Municipal
Carretera Ciudad Guzmán - El Fresnito, km 3.6, Parque Industrial Zapotlán 2000
(341) 412-0415
De 8:00 a 14:00 Hrs, Lun, Mar, Jue, Vie y Sab.
MVZ Mayra Nataly Cortés Montes
Costo

Sin costo.

Lugares donde se puede efectuar el pago

No aplica.

Plazo para la atención del trámite

Al siguiente día hábil.

Fundamento jurídico

Reglamento del Rastro Municipal tipo TIF de Zapotlán el Grande, Jalisco. 

Correspondiente del 08 de marzo de 2017

CAPÍTULO XVII

DE LA POLÍTICA DE CALIDAD Y LINEAMIENTOS GENERALES DEL RASTRO TIPO TIF

Artículo 102.- El Rastro Municipal tipo (TIF), brinda el servicio de sacrificio y faenado de reses y cerdos con un esquema de calidad que excede las expectativas del mercado, bajo sistema TIF y la mejora continua.

Artículo 103.- Rastro Municipal, bajo sistema TIF y la mejora continua tiene los siguientes beneficios: 22

I. El Sistema TIF es un importante activo del Gobierno federal para garantizar la inocuidad de los productos cárnicos al mercado interno y un mecanismo de reconocimiento internacional para los empresarios e industriales mexicanos interesados en exportar sus productos;

II. La Certificación TIF trae consigo una serie de beneficios para el consumidor, quien cuenta con la garantía de calidad sanitaria con la que fue elaborado el producto; se establece que el alimento que adquiere está libre de contaminantes o sustancias que pudieran dañar la salud humana;

III. Para las empresas que procesan cárnicos bajo los lineamientos TIF es más fácil movilizar su producción de una zona a otra del país; sus productos son mejor cotizados en el mercado interno, además de que tienen la posibilidad de acceder al mercado internacional, ya que los establecimientos TIF son los únicos elegibles para exportar productos y subproductos cárnicos mexicanos;

IV. El sistema TIF es el único reconocido por autoridades sanitarias de otros países, porque cumple con estándares internacionales en materia de inspección veterinaria sobre los procesos de obtención y transformación de productos y subproductos derivados de la carne;

V. Para otorgar la Certificación TIF a un producto, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) vigila el proceso en su totalidad, desde las instalaciones, la construcción del establecimiento, la maquinaria, equipo, indumentaria y enseres que se utilizan en el proceso.

VI. De igual forma tiene entre sus objetivos principales la innovación de instaurar un sello de garantía de sacrificio humanitario, con el cuál el consumidor pueda estar seguro de que el producto cárnico que va adquirir, proviene de animales que fueron sacrificados con los métodos humanitarios de previa insensibilización, para evitar al máximo el sufrimiento de los animales y la mas estricta calidad del producto en términos de salubridad. 

La solicitud será resuelta por
Jefatura del Rastro Municipal

Derechos del Usuario

ANTE LA NEGATIVA O FALTA DE RESPUESTA

Afirmativa Ficta: cuando en los casos donde el gobierno municipal no responde o emite una resolución dentro del plazo señalado en el presente reglamento, se entenderá que el trámite o servicio tuvo resolución positiva, y el área responsable estará obligado a proporcionar el mismo.

REGLAMENTO DE MEJORA REGULATORIA E INNOVACIÓN GUBERNAMENTAL DEL MUNICIPIO DE ZAPOTLÁN EL GRANDE, JALISCO.

Artículo 90.- Para el cumplimiento de cada trámite y servicio, los órganos y áreas municipales tendrá el término que le señala su reglamento para su expedición o prestación  del servicio al vencimiento de dicho plazo sin que el ciudadano o ciudadana no haya recibido respuesta alguna se aplicará la afirmativa ficta.

Esta acción de mejora regulatoria no es posible aplicarla a todo tipo de trámites, específicamente no se podrá hacer en aquellos casos donde es estrictamente necesaria la resolución y entrega de documentos físicos o que en su caso, alguna disposición determine lo contrario.

Lugares para reportar presuntas anomalías en la realización del trámite

Ningún servidor público del H. Ayuntamiento de Zapotlán el Grande está facultado para solicitar documentos adicionales a los requisitos establecidos en este formato, ni para requerir pagos por la realización del servicio, distintos al costo oficial establecido.

Reporte cualquier anomalía a:

Contraloria Municipal UBICADA EN

1ro de Mayo # 126 (Plaza del Río) locales 19 y 20
Horario de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas
Teléfono: 341 412 8870

Servitel UBICADO EN

Av. Cristobal Colon 62 Centro, Altos del Palacio Municipal
Horario de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas
Teléfono: 341 575 2589

Última actualización: martes, 21 de junio de 2022

NOTA: La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La impresión de este documento no genera derechos ni prerrogativas al portador por parte del Gobierno Municipal y se extiende sólo con fines informativos.

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