La Reforma al Artículo 115 Constitucional aprobada en junio de 1999 entró en vigor el 23 de Marzo de 2001. Dicha reforma introduce entre otras cosas, un elemento para la autonomía municipal referente al robustecimiento de las capacidades de decisión política y reglamentaria de los Ayuntamientos como órganos de Gobierno.
Con esta reforma por primera vez se le da la importancia al Municipio que en teoría al Gobierno Municipal le correspondía, quedando respaldado por nuestra Constitución Política Mexicana. Esta reforma Constitucional tiene como idea entre otras, que los Municipios no tengan limitantes por parte de las Leyes Estatales, sino un orden prescrito por ellos mismos en su ámbito reglamentario, menos Ley Estatal y mayor Reglamentación Municipal, como herramienta de cada Municipio para resolver sus propios problemas.
Cada Municipio presenta sus necesidades en función de sus costumbres, territorio, actividad y requerimientos de la ciudadanía, por lo tanto el Ayuntamiento de cada Municipio tiene la facultad de elaborar los ordenamientos legales que le ayuden a resolver esos planteamientos.
El propósito de estas adecuaciones a los Reglamentos Municipales y en algunos casos su nueva creación, será pensando en buscar elementos para mantener un adecuado equilibrio entre la función del Gobierno Municipal y nuestra sociedad.