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Funciones de Cementerios

Funciones, objetivos y recursos

De la Coordinación de Cementerios


Objetivos

Administrar y dar mantenimiento a los Panteones o Cementerios Municipales.

Funciones

  1. Administrar de conformidad con la normatividad aplicable, el uso de los cementerios municipales;
  2. Aplicar puntual y adecuadamente las partidas que, para gastos de funcionamiento y conservación, le sean asignadas por el Ayuntamiento;
  3. Cuidar que las inhumaciones, exhumaciones y movimientos de cadáveres y cenizas se ajusten a las normas contenidas en el Reglamento de Cementerios y disposiciones jurídicas aplicables;
  4. Cuidar que los sepulcros en general, guarden entre si la distancia señalada en el Reglamento de Cementerios vigente y estén numerados convenientemente para su debida identificación;
  5. Cuidar y mantener las áreas verdes de los cementerios municipales;
  6. Dar cumplimiento en coordinación con la Tesorería Municipal, a las disposiciones previstas en la Ley de Ingresos del Municipio de Zapotlán El Grande;
  7. Desarrollar un programa integral de administración de los cementerios, procurando la salubridad en general, la preservación del equilibrio ecológico y demás servicios propios para el cementerio;
  8. Diseñar, implementar y promover con calidad y eficiencia, los mecanismos que sean necesarios para agilizar los trámites que se lleven a cabo en la Dirección;
  9. El servicio público municipal de cementerios que proporcione el Municipio, comprenderá: Inhumación y Exhumación;
  10. Elaborar los informes y hacer análisis estadístico que permitan medir la capacidad de respuesta de la dirección y generar los indicadores para evaluar su operación;
  11. Elaborar y ejecutar con eficiencia los programas de la Área Municipal, acorde al Programa de Gobierno Municipal, en coordinación con las Áreas Municipales competentes;
  12. Emitir opiniones técnicas que puedan incidir en la actualización de las disposiciones reglamentarias relacionadas con las actividades de la Área Municipal y que contribuyan de manera positiva en el diseño del modelo de ciudad en su arreglo multipolar;
  13. En coordinación con el Registro Civil, cumplir las disposiciones normativas de la materia;
  14. Establecer un programa operativo para el desarrollo de las festividades propias del área en coordinación con las Áreas Municipales competentes;
  15. Estudiar y responder, así como dar seguimiento a las solicitudes y requerimientos en materia del servicio público de cementerios, que la ciudadanía solicite a través de los diversos medios;
  16. Garantizar la seguridad de los bienes muebles y accesorios instalados en los cementerios;
  17. Informar a la Coordinación General de Servicios Municipales, los avances de sus actividades, y resultado de análisis estadísticos que permitan medir la capacidad de respuesta de la Dirección en los términos y condiciones que indique su titular; 
  18. Llevar los registros necesarios sobre inhumaciones, exhumaciones, bajo su más estricta responsabilidad para la localización e identificación de los cadáveres;
  19. Llevar puntualmente un registro por separado que contendrá el día, mes y año en que se depositen restos humanos en el cementerio, el nombre de la persona a quien correspondan y el de la que solicita el depósito;
  20. Planear, operar, ejecutar, supervisar, y dirigir el funcionamiento y la eficiente calidad de prestación de los servicios públicos de Cementerios;
  21. Procurar que el cementerio se ajuste en su construcción, división y orden, a lo dispuesto por el Reglamento de Cementerios;
  22. Programar visitas de inspección a cada uno de los cementerios ubicados en el Municipio, con el objeto de realizar un estudio detallado de los mismos, a fin de determinar las necesidades de recursos humanos, materiales y financieras que tienen;
  23. Proporcionar a la comunidad el servicio de atención informativa en lo referente a ubicaciones, contratos de temporalidad, fechas de inhumaciones e incineraciones en los cementerios municipales conforme a las disposiciones normativas de la materia;
  24. Vigilar la transparente asignación de los espacios disponibles de conformidad con la normatividad aplicable;
  25. Las demás que le señale el Ayuntamiento o le sean delegadas por el Presidente u otros ordenamientos jurídicos vigentes.

Regulación básica

Sección Cuarta

De la Coordinación de Cementerios

Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Zapotlán el Grande

Recursos

Recursos materiales, humanos y financieros asignados para la realización de la función pública y la prestación del servicio público.


Se publica información fundamental señalada el Artículo 8, Fracción VI, de la  Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios. Fecha de la última revisión y/o actualización: miércoles, 02 de enero de 2019.


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