Regulación
Reglamento del Gobierno y la Administración Pública Municipal de Zapotlán el Grande, Jalisco.
Artículo 176.- La Dirección de Proveeduría contará para su adecuado funcionamiento con una Jefatura
de Compras, la cual tendrá las siguientes atribuciones y funciones:
I. Elaborar y mantener actualizado el Registro de Proveedores, integrando debidamente el
expediente correspondiente, para su resguardo y consulta, previo al pago de cualquier
concepto que se les adeude;
II. Participar en la elaboración de las bases generales para las adquisiciones de bienes o servicios
que requieran las dependencias municipales;
III. Participar en la elaboración, cada año, del programa anual de adquisiciones para el próximo
ejercicio fiscal;
IV. Recibir los insumos, servicios y equipos de los proveedores y entregarlos a las dependencias
correspondientes;
V. Organizar junto con el Coordinador “A” las sesiones del Comité de Adquisiciones que permitan
la adquisición y contratación de bienes y servicios para las distintas dependencias del Gobierno
Municipal de conformidad con las leyes y Reglamentos aplicables.
VI. Levantar actas derivadas de las sesiones que se realicen del Comité de Adquisiciones.
VII. Recabar firmas de las actas derivadas de las sesiones del Comité de Adquisiciones.
VIII. Presentar la documentación correspondiente al área jurídica con la finalidad de que se formalice
la adquisición de bienes y servicios por medio de un contrato.
IX. Elaborar los dictámenes de adquisición de bienes y servicios de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento de Compras del Municipio.
X. Mantener actualizado el sitio oficial del gobierno Municipal en lo que respecta al Jefatura de
proveeduría, con la finalidad de cumplir con los ordenamientos relativos a las Leyes de
Transparencia y acceso a la información.
XI. Participar en la elaboración de las bases para las distintas licitaciones y convocatorias que se
presenten para la adquisición de bienes y servicios del Gobierno Municipal. Así como el análisis
de las mismas, para su presentación al Comité de compras y llevar a cabo la adjudicación
correspondiente.
XII. Resguardar la información correspondiente derivada de las licitaciones y convocatorias
generadas por el Jefatura de proveeduría; y
XIII. Las demás que le asigne el Coordinador “A” del Jefatura de Proveeduría y las disposiciones
legales y reglamentarias aplicables en la materia.
Recursos asignados para la realización de la función pública y la prestación del servicio público.
Fecha de ultima revisión y/o actualización: Lunes 14 de julio 2025